El convenio que nos beneficia a todos

España tiene un convenio de doble nacionalidad con Nicaragua desde el 12 de mayo de 1961 (renovado y actualizado en 1997). Gracias a este acuerdo, los ciudadanos nicaragüenses que se naturalizan españoles no pierden su nacionalidad nicaragüense, y viceversa.

Este es uno de los beneficios migratorios más importantes que tenemos como nicaragüenses en España, y todavía mucha gente de nuestra comunidad no lo conoce.

¿Por qué es una “vía rápida”?

Para la mayoría de los extranjeros en España, el requisito para solicitar la naturalización es tener 10 años de residencia legal. Sin embargo, los ciudadanos de países iberoamericanos —entre ellos Nicaragua— solo necesitan 2 años.

Así quedás en relación a otros países:

  • Ciudadanos en general: 10 años
  • Refugiados: 5 años
  • Ciudadanos de Iberoamérica, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, Andorra o Sefardíes: 2 años

Requisitos para la naturalización

Para solicitar la nacionalidad española por residencia debés:

  1. 2 años de residencia legal continuada en España (la residencia como estudiante no cuenta; necesitás autorización de residencia temporal o permanente)
  2. Buena conducta cívica: no tener antecedentes penales en España ni en Nicaragua
  3. Integración en la sociedad española: esto se acredita superando dos pruebas:
    • Prueba CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España) — 25 preguntas de opción múltiple
    • Prueba DELE A2 (nivel básico de español) — solo para quienes no puedan demostrar que su lengua materna o la de su país es el español. Los nicaragüenses están exentos de esta prueba.
  4. Renunciar a otra nacionalidad — pero gracias al convenio, los nicaragüenses están exentos de esta renuncia. Es decir, conservás el pasaporte de Nicaragua.

El proceso paso a paso

  1. Preparar el expediente: solicitud, certificado de antecedentes penales de Nicaragua (apostillado), certificado de empadronamiento, título de residencia, libro de familia si aplica
  2. Superar la prueba CCSE: se solicita cita en el Instituto Cervantes. La tasa es de 85 €. Si no aprobás, podés repetirla.
  3. Presentar la solicitud: a través del Registro Civil Central o por sede electrónica (con Cl@ve)
  4. Esperar la resolución: el plazo es de 1 año, aunque actualmente los tiempos reales rondan los 12-18 meses
  5. Jura o promesa: una vez concedida, debés comparecer ante el Registro Civil para prestar juramento o promesa de fidelidad a la Constitución española
  6. Inscripción en el Registro Civil: a partir de ahí sos española/español de pleno derecho

Después de obtener la nacionalidad

  • Podés solicitar el DNI español y el pasaporte español (con el que entrás sin visa a más de 190 países)
  • Debés informar a las autoridades nicaragüenses de tu nueva nacionalidad, pero seguís teniendo derecho a tu cédula y pasaporte nicaragüense
  • Podés votar en todas las elecciones en España (municipales, autonómicas, generales y europeas)
  • Tenés derecho a trabajar en cualquier país de la Unión Europea sin restricciones

Fuentes y enlaces de interés