Muchos nicaragüenses que llegan a España con un título bajo el brazo se topan con la misma pregunta: ¿de qué me sirve acá? La respuesta depende del trámite que elijas, porque en España no existe un único “sello de homologación” sino tres procedimientos distintos, cada uno con un propósito diferente.

¿Homologación, equivalencia o correspondencia?

Antes de empezar cualquier papeleo, definí qué necesitás:

  • Homologación: reconoce tu título extranjero como equivalente a un Grado o Máster español y te habilita para ejercer una profesión regulada en España —medicina, enfermería, abogacía, arquitectura, ingeniería, docencia, entre otras—. El listado completo de profesiones reguladas está en el Anexo del Real Decreto 889/2022.
  • Equivalencia: certifica que tu título tiene el mismo nivel académico que un Grado o Máster español, pero no te habilita para ejercer una profesión regulada. Es la opción típica si tu carrera no está regulada (administración, ciencias sociales, comunicación, etc.) y la necesitás para tu currículum, una oposición o para seguir estudiando en España.
  • Homologación no universitaria: si tu título es de secundaria, bachillerato o formación profesional, el trámite lo gestiona el Ministerio de Educación, FP y Deportes, no el de Universidades.

Cómo se tramita, paso a paso

  1. Confirmá el procedimiento correcto revisando si tu profesión figura como regulada.
  2. Reuní tu documentación: título original, certificado académico oficial con notas y plan de estudios, y tu pasaporte, NIE o TIE.
  3. Legalizá o apostillá los documentos en la Cancillería de Nicaragua —Nicaragua forma parte del Convenio de La Haya, así que basta con la apostilla, sin necesidad de legalización consular adicional—. Se gestiona con cita previa en citas.cancilleria.gob.ni.
  4. Traducí los documentos con un traductor o traductora jurado/a reconocido por el Ministerio de Asuntos Exteriores, si no están ya en español.
  5. Pagá la tasa del Modelo 790, código 107: 166,50 € en 2026, tanto para homologación como para equivalencia.
  6. Presentá la solicitud en la Sede Electrónica del Ministerio de Universidades, con Cl@ve o certificado digital, o de forma presencial en una Delegación o Subdelegación del Gobierno.
  7. Hacé seguimiento del expediente. El plazo legal máximo de resolución es de 6 meses, aunque en la práctica suele tardar bastante más, así que armate de paciencia y guardá siempre el número de expediente.
  8. Resultado: si es favorable, te llega la credencial de homologación o equivalencia. Si tu formación no coincide del todo con la española, el Ministerio puede pedirte una prueba de aptitud o un complemento de formación antes de resolver.
  9. Colegiación, si tu profesión es regulada: con la credencial en mano, tenés que inscribirte en el Colegio Profesional correspondiente (Medicina, Enfermería, Abogacía, etc.) para poder ejercer legalmente.

Si tu título es de secundaria o FP

El proceso es parecido pero se gestiona con el Ministerio de Educación, FP y Deportes: la solicitud se presenta en Delegaciones/Subdelegaciones del Gobierno, en las Oficinas Provinciales de Educación de Ceuta y Melilla, o de forma telemática. La homologación al título de Graduado en ESO es gratuita; otras homologaciones no universitarias pueden tener tasa.

Un trámite lento, pero necesario

Ningún abogado ni gestoría puede acelerar los plazos oficiales, así que lo más importante es presentar el expediente completo y correcto desde el primer intento: un documento mal apostillado o sin traducción jurada es la causa más común de retrasos de meses. Publicamos una guía completa con el paso a paso, la comparación entre trámites y todos los enlaces oficiales en nuestra sección de Formación.


Fuentes y enlaces de interés