Si presentaste la regularización extraordinaria entre abril y junio y todavía no te han dicho nada, este artículo es para vos. Mucha gente está asumiendo que “si no me han contestado, es que va bien”. Es exactamente al revés.

Qué dice la norma

El Real Decreto 316/2026 fija un plazo máximo de tres meses para resolver y notificar cada solicitud. Ese plazo empieza a contar desde el día siguiente a la entrada de tu solicitud en el registro del órgano competente.

Si pasan esos tres meses y no recibiste una resolución, la ley entiende que tu solicitud ha sido denegada por silencio administrativo (silencio negativo). No es una aprobación automática.

Con el plazo de presentación cerrado el 30 de junio, quien presentó en abril, mayo o junio ya está, o está a punto de estar, fuera de ese plazo de tres meses.

Qué podés hacer: el recurso de alzada

Según el criterio de la Dirección General de Gestión Migratoria, frente a la denegación por silencio cabe presentar recurso de alzada. Que la denegación sea “por silencio” no significa que tu expediente esté perdido: muchas solicitudes simplemente no se han tramitado todavía por el volumen (más de 1,17 millones de solicitudes, ver balance).

Antes de recurrir:

  1. Calculá bien tu fecha. Lo que cuenta es la fecha de registro, no la del día que pediste cita. Además, el plazo puede quedar suspendido si la Administración te mandó un requerimiento para completar documentación (el plazo de subsanación terminaba el 30 de septiembre).
  2. Revisá tu expediente en la sede electrónica o en la plataforma donde lo presentaste. Puede que haya una notificación que no viste.
  3. Consultá con una entidad o abogado de extranjería antes de presentar el recurso. Hay asesoría gratuita en organizaciones como las que listamos en recursos.

Mientras tanto, ¿puedo seguir trabajando?

Cuando la Administración admite a trámite la solicitud, la persona queda autorizada provisionalmente para residir y trabajar hasta que se dicte resolución. Conservá el justificante de admisión a trámite: es tu papel mientras tanto.

Lo que NO conviene hacer

  • Quedarse esperando indefinidamente sin revisar plazos.
  • Presentar una segunda solicitud de regularización en lugar de recurrir.
  • Pagar a “gestores” que prometen acelerar el expediente. Nadie puede saltarse la cola.

Fuentes y enlaces de interés